Aspectos importantes de la practica archivística
Uno de los aspectos más importantes de la práctica
archivística es el conocimiento que debe tener el profesional o trabajador de
los archivos sobre el marco jurídico nacional e internacional que rige la
organización, reproducción, disposición y uso de la información y la
documentación. Sin embargo, el sector archivístico venezolano posee una Ley de
Archivos Nacionales, publicada en Gaceta oficial N° 21.660 de fecha 13/07/1945,
la cual se encuentra desactualizada con la realidad que hoy día viven los
archivos constituidos y los depósitos de documentos (no considerados como
archivos por su desorganización).
Por otra parte, la Constitución de la República Bolivariana
de Venezuela publicada en Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 5.453 del 24/03/2000
se refiere al tema de acceso a la información y el derecho de los ciudadanos a
buscar, recibir y difundir información como un derecho libre de ejercer a
través de los artículos 2, 4, 28, 44, 48, 56, 57, 58, 76, 99, 101, 108, 110,
117, 120, 128, 143, 156, 203, 214, 233, 277, 281, 337 y las Disposiciones
Transitorias Décimo sexta y Décimo séptima.
Los artículos referidos a la forma de acceder a la
información y documentos, así como del cumplimiento de los derechos
fundamentales de los ciudadanos incluidos en la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela, establecen la base democrática fundamental para el
desarrollo de la legislación archivística nacional. Actualmente, son diversas
las leyes orgánicas y ordinarias, decretos, resoluciones, reglamentos, normas,
sentencias y opiniones que conforman la legislación archivística venezolana,
pero a pesar de ello, aún no existe un estamento legal moderno que establezca las
reglas y principios que regulen la actividad o función archivística del Estado
Venezolano.
La Legislación Archivística Venezolana va de la mano con la
historia del Archivo Nacional el cual fue creado por el Congreso de los Estados
Unidos de Venezuela a través de la Ley de Archivo Nacional el 23 de marzo de
1914; cuya ley estaba compuesta por sólo cuatro artículos en donde se
establecía que los Ministerios y demás oficinas públicas debían enviar al
Archivo Nacional los expedientes de orden público o administrativos concluidos,
así como aquellos documentos y expedientes de interés realmente históricos que
se encontrasen en las oficinas principales de registro del Distrito Federal o
de los Estados.
Sánchez, A. y Rondón, M. (2008) Legislación Archivística
venezolana: una contribución para la consolidación de la gestión de archivos en
Venezuela. Enlace: Revista Venezolana de Información, Tecnología y Conocimiento
http://eprints.rclis.org/12316/1/82350206.pdf Recuperado: 08/11/2017
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